- 3/8/2017 CIRCULAR 8/2017: PROYECTO DE LEY DE REFORMAS PARA LOS AUTÓNOMOS

  • Información sobre la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que se encuentra actualmente en proceso de tramitación, y que esperamos pueda entrar en vigor en septiembre.

    Entre las medidas que contempla, merece destacar:

    • Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año.Todas las entradas
    • Se podrá cambiar hasta cuatro veces en el mismo año la base de cotización para adecuarla a los ingresos.
    • Será posible darse de alta y de baja en el RETA hasta tres veces al año, de manera  que solamente se cotice por los periodos en los que realmente haya actividad.
    • La Ley reduce a dos años el plazo de espera para que los autónomos que hayan cesado su actividad puedan volver a disfrutar de la tarifa plana, con lo que se mejora la segunda oportunidad.
    • Las autónomas podrán beneficiarse de la tarifa plana tras el periodo de baja por maternidad.
    • No tendrán que pagar la cuota de autónomo durante un año si justifica que ve mermada su actividad laboral por causa de dependencia o cuidado de menores a su cargo.
    • Se considerarán como gastos deducibles en el IRPF el 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
    • También se considerarán deducibles los gastos de manutención en establecimientos de restauración y hostelería que se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores (si no se pernocta: 26.67 euros/día en España, o 48,08 si es en el extranjero. Si se pernocta 53,34 euros/día en España o 91,35 en el extranjero).
    • La base de cotización de los autónomos societarios ya no estará vinculado al salario mínimo interprofesional o SMI, y será el mismo que para los autónomos personas físicas.
    • Se podrá compatibilizar el 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión, si el autónomo tiene contratado al menos a un trabajador.
    • Los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social se reducen a la mitad (10%) durante el primer mes.
    • Se reconoce el accidente in itenere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos.
    • En materia de discapacidad, se mejoran las condiciones de los emprendedores con discapacidad adaptando las bonificaciones en el IRPF a las que tienen los asalariados y se facilita y se permite la contratación de los hijos con discapacidad por parte de los autónomos.
    • Por último, las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública” y contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico y Social (CES) y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.

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